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    Instrumentalización en la prueba testimonial del menor de edad atribuida a delitos de abuso sexual en Colombia

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    Artículo de investigaciónLa Psicología del testimonio entra a jugar un papel importante al determinar la veracidad de lo mencionado por el menor dado que este testimonio puede contener información verídica o engañosa. Por tal razón el objetivo de esta investigación es realizar un análisis crítico de la prueba testimonial del menor atribuido a delitos de abuso sexual y ofrecer una vía beneficiosa en donde los derechos del menor víctima, del victimario y del debido proceso no se vean quebrantados por parte de las autoridades competentes de la jurisdicción penal. Cabe señalar que, el abuso sexual es uno de los diversos tipos de violencia a los que son sometidos los seres humanos socialmente ocultado, criticado y escasamente denunciado a causa del cuestionamiento social, familiar, legal en cuanto a, la gran dificultad que se tiene al momento de la obtención de pruebas físicas, de la credibilidad testimonial del menor y de la contradicción que hace el victimario al testimonio del menor víctima. La víctima y el agresor suelen constituir la única prueba, por lo que un análisis de su credibilidad puede ser imprescindible para el resultado del proceso. De esta manera, establecer la veracidad del testimonio posibilita una psicología probatoria, la cual abarca la investigación de la idoneidad jurídica para juzgar debidamente. Esta investigación identifica elementos complejos para dar lugar a una eficaz administración de justicia, en la realización de las indagatorias jurídicas y la manipulación del testimonio a cargo de las partes que actúan en el proceso para beneficio propio.INTRODUCCIÓN 1. LA PRUEBA TESTIMONIAL EN COLOMBIA ATRIBUIDA AL MENOR DE EDAD 2. LA PRUEBA TESTIMONIAL EN EL DELITO DE ABUSO SEXUAL 3. DEBIDO PROCESO 4. VICTIMARIO 5. EL MENOR COMO MEDIO PARA UN FIN CONCLUSIONES ReferenciasPregradoAbogad

    La valoración de la prueba testimonial en los delitos sexuales contra menores de edad en Colombia. Análisis y crítica

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    Artículo de ReflexiónEl trabajo aborda un análisis crítico respecto de la valoración probatoria del testimonio de las menores víctimas de delitos sexuales. Poniendo como discusión, la garantía del in dubio pro reo y los derechos constitucionales de los menores, teniendo como base, que las garantías no son objeto de ponderación.INTRODUCCIÓN 1. REGIMEN PROBATORIO EN COLOMBIA 2. EL TESTIMONIO COMO MEDIO DE PRUEBA EN DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES 3. ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL SOBRE LA VALORACIÓN DEL TESTIMONIO DE LOS MENORES EN EL JUICIO ORAL CONCLUSIONES REFERENCIAS JURISPRUDENCIAPregradoAbogad

    El testimonio de un menor de edad como prueba dentro de un delito contra la libertad, integridad y formación sexual

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    Artículo de reflexiónEn este artículo de reflexión, se analizará los factores relevantes de los medios declarados legalmente como pruebas, los aspectos generales de estas, sus principios y el concepto en el derecho, para comprender a profundidad los aspectos relevantes a nivel legal de este tipo de testimonios, para ello se presenta la doctrina que define dichos aspectos y la jurisprudencia que establece la validez de este tipo de testimonios que, aunque son considerados “débiles” dentro de un proceso penal, consuetudinariamente han sido denominados “pruebas reinas”, a las que un juez de control de garantías debe darle toda credibilidad, teniendo en cuenta únicamente los aspectos técnicos necesarios para la validez del dictamen sin importar la edad del menor.This article of reflection, I shall consider the relevant factors of the means legally declared testing, the general aspects of these, its principles and the concept in the law, to understand in depth the relevant aspects of the legal level of this type of evidence, for this I will analyze the doctrine that defines those aspects and jurisprudence that establishes the validity of this type of testimony that although they are considered "weak" in a criminal trial, customarily have been called "evidence queens" to a supervisory judge guarantees should give all credibility, taking into account only the technical aspects necessary for the validity of the opinion regardless of age of the child.1. ASPECTOS GENERALES DE LA PRUEBA TESTIMONIAL. 1.1 CONFIGURACIÓN DE LA PRUEBA TESTIMONIAL DENTRO DE UN PROCESO PENAL. 2. LA VALIDEZ DEL TESTIMONIO DEL MENOR EN EL PROCESO PENAL 2.1 EL TESTIMONIO DE UN MENOR VÍCTIMA DEL DELITO. 2.2 VALIDEZ COMO PRUEBA INDIVIDUAL Y COMO PRUEBA VALORADA EN CONJUNTO. 3. ANTECEDENTES JUDICIALES DEL TESTIMONIO DE LOS MENORES EN DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACIÓN SEXUAL. 3.1 JURISPRUDENCIA SOBRE EL TESTIMONIO DE LOS MENORES VÍCTIMAS DEL DELITO SEXUAL. 4. VALOR PROBATORIO EN EL SISTEMA PENAL COLOMBIANO. CONCLUSIONES REFERENCIASPregradoAbogad

    Línea jurisprudencial. El alcance del testimonio del psicólogo dentro de los procesos por delitos de abuso sexual en menores de edad

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    El problema jurídico a tratar consiste en determinar ¿cuál es el alcance de las entrevistas recepcionadas por un psicólogo de la fiscalía a un menor de edad víctima de un delito sexual, cuando éste último no comparece a declarar en la audiencia de juicio oral? El problema planteado tiene dos posibles respuestas. Una que se ubica en el Polo Positivo y otra en el Polo Negativo. En el Polo Positivo se encuentra como respuesta que la entrevista recibida al menor e ingresada a través del testimonio del psicólogo, se toma como una prueba de referencia. Por el contrario, en el Polo Negativo tenemos como respuesta que la entrevista recibida al menor e ingresada a través del testimonio del psicólogo, se le otorga el alcance de prueba directa

    Credibilidad del testimonio de la víctima menor de 14 años en actos sexuales abusivos a la luz de la jurisprudencia de la sala penal de la corte suprema de justicia

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    Las decisiones judiciales se toman a partir de la interpretación y apreciación que le da el operador jurídico a las pruebas que obran en el proceso, actualmente enmarcadas en el marco procesal penal regido bajo la Ley 906 de 2004 que consagró la libertad probatoria, brindado el mismo valor a las pruebas y analizándolas en contexto con todo el cumulo probatorio obrante en el proceso, contrario al marco procesal de la Ley 600 del 2000. No obstante, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en su función de órgano de cierre de la jurisdicción penal, ha tomado importantes decisiones frente a la apreciación de los testimonios de los menores, víctimas de delitos sexuales, en unos casos, brindándole un valor apreciativo importante por tratarse de sujetos de especial protección constitucional, y en otros casos, valorándose estos testimonios como un medio de prueba al que no siempre debe dársele credibilidad. Ubicados en ese contexto ideológico, esta investigación analizara cuáles han sido los parámetros que ha establecido la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en la apreciación de los testimonios de los menores de 14 años víctimas de delitos sexuales. Para resolver el anterior problema, se analizará, mediante un método de investigación cualitativo de enfoque hermenéutico de línea jurisprudencial, lo concerniente a los testimonios de los menores y los criterios que ha tenido la Sala de Casación Penal en la apreciación de estas pruebas y su trascendencia a la decisión final, bien sea de absolver o condenar; de esta forma, se indica la manera en que la Sala interpreta la prevalencia de los derechos de los niños y niñas con respecto a la normatividad nacional e internacional. Del anterior desarrollo, se determinarán los estudios y estimaciones realizados por expertos (científicos, psicólogos, psiquiatras) respecto a determinar cómo se debe valorar el testimonio de la persona menor de 14 años en delitos de actos sexuales abusivos, la entrevista cognitiva, sus alcances y exploración psicológicaJudicial decisions are taken based on the interpretation and assessment given by the legal operator to the evidence in the process, currently framed in the criminal procedural framework governed by Law 906 of 2004, which established probation, provided the same value to the tests and analyzing them in context with all the evidence gathered in the process, contrary to the procedural framework of Law 600 of 2000. However, the Criminal Cassation Chamber of the Supreme Court of Justice, in its function as an organ of closure of the criminal jurisdiction, has taken important decisions in the face of the assessment of the testimonies of minors, victims of sexual crimes, in some cases, providing an important appraising value because they are subjects of special constitutional protection, and in other cases, valuing themselves these testimonies as a means of proof that should not always be credited. Located in this ideological context, this investigation will analyze what parameters have been established by the Criminal Cassation Chamber of the Supreme Court of Justice in assessing the testimonies of children under 14 years of age who are victims of sexual crimes. To solve the previous problem, it will be analyzed, by means of a qualitative research method of hermeneutic approach of jurisprudential line, concerning the testimonies of the minors and the criteria that the Criminal Cassation Chamber has had in the appreciation of these tests and their transcendence. to the final decision, whether to acquit or condemn; In this way, the manner in which the Chamber interprets the prevalence of the rights of children with respect to national and international regulations is indicated. From the previous development, the studies and estimates made by experts (scientists, psychologists, psychiatrists) will be determined with respect to determining how the testimony of the person under 14 years of age should be evaluated in crimes of abusive sexual acts, the cognitive interview, its scopes and psychological exploratio

    Validez judicial del testimonio del niño, niña o adolescente

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    Este trabajo está encaminado a realizar un aporte a la investigación de delitos sexuales en los cuales resultan víctimas los niños, niñas y adolescentes - NNA, en orden a que el enjuiciamiento de estos casos responda a parámetros y a bases que metodológica y epistemológicamente conduzcan a conclusiones científicamente procuradas. Es evidente que la validez del testimonio proveniente de sujetos calificados como los menores de edad, sobre quienes recaen los poderosos efectos del interés superior que la Carta Política les reconoce tiene que ver fundamentalmente con la aptitud y la actitud científica de quienes arbitran y después valoran de la manera más depurada y técnica posible ese tipo de pruebas habladas, cuya vocación intrínseca es surtir efectos en el marco de un escenario judicial. En lo que respecta la validez del testimonio, también se considera como un aspecto muy importante la capacidad de las personas encargadas de recibir la declaración de los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, ya que deben ser personas instruidas e idóneas para tal labor. El artículo 3° de la Ley 1098 de 2006 del Código de la Infancia y la Adolescencia define como sujetos titulares de derechos a todas las personas menores de dieciocho años, y clasifica a estos como niños o niñas a las personas entre los cero y doce años y, como adolescentes a las personas entre los doce y dieciocho años de edad. La Convención sobre los Derechos del Niño consagra que todo ser humano menor de dieciocho años de edad es niño, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado la mayoría de edad. En el Código de Procedimiento Penal Colombiano el testimonio del menor de “DOCE” años de edad, a quien no se le toma juramento, deberá ser asistido por su representante legal o por un pariente mayor de edad a quien se le tomará juramento respecto de la reserva de la diligencia. Los menores de doce años y mayores de diez años son aptos para rendir testimonio y no se les recibirá juramento. En el sistema penal acusatorio, la prueba testimonial es la herramienta principal para el juzgamiento de una conducta delictiva, siendo esta la más importante en materia penal, se complementa con la prueba indiciaria y con las evidencias circunstanciales, así el testimonio es uno de los medios de prueba más frecuente dentro de la práctica investigativa penal

    Valoración probatoria del testimonio del menor en delitos sexuales distrito judicial de Lima Norte

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    La presente investigación titulada: Valoración probatoria del testimonio del menor en delitos sexuales distrito judicial de Lima Norte, tuvo como objetivo general Describir cuales son las limitaciones en la valoración probatoria del testimonio del menor en delitos sexuales en el distrito judicial de Lima Norte. El método empleado para la presente investigación es de nivel descriptiva y de diseño no experimental – transversal, ya que la investigación se ha basado en un problema real y actual, por lo que la población estuvo formada por jueces, fiscales, y auxiliares de justicia de Lima Norte, profesionales de quienes se obtuvo su opinión mediante la entrevista. Con el presente trabajo de investigación se llegó a las siguientes conclusiones: (a) Las limitaciones de valoración probatoria del testimonio del menor en los delitos sexuales en el distrito judicial de Lima Norte radican en la inexistencia de inmediación directa con el menor sino que durante el juicio se visualiza en video la testimonial del menor en la entrevista única en Cámara Gesell, y esto es a fin de evitar la revictimización, así también se tiene que de las entrevistas realizadas por los psicólogos en muchas oportunidades se dejan pendientes sin completar varios datos que resultan necesarios durante el juicio y se tiene que recurrir a prueba por indicios a efectos de realizar la valoración probatoria, siendo que de estos medios probatorios no se tiene alguna opinión científica de parte de la psicología forense respecto a la credibilidad del testimonio del menor. (b) El método que se sigue para analizar el testimonio del menor está basado principalmente en la percepción del juzgador respecto a la credibilidad del testimonio del menor, empero estos utilizan criterios judiciales para verificar la credibilidad de este, a efectos de darle valor suficiente para poder sustentar una sentencia, utilizando criterios tales como la no contradicción del testimonio, la espontaneidad, la persistencia en la imputación, la coherencia del relato del menor, que no exista contradicciones ni espurio. (c) El testimonio del menor es indispensable en los delitos sexuales, toda vez que en esta da los lineamientos para la investigación, en base a esta es que se busca corroborar la imputación con otros medios probatorios periféricos, de existir estos. Siendo que es preponderante la declaración del menor por sobre las demás pruebas en muchas ocasiones toda vez que generalmente estas otras pruebas son de tipo indiciario, consistentes en opiniones de profesionales de distintas disciplinas principalmente, además de las declaraciones de testigos de oídas

    Declaraciones incriminatorias no creíbles de víctimas de abuso sexual y su valoración judicial en Lima Sur, año 2015

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    El presente trabajo de investigación, tiene por objeto establecer la necesidad de contar con mejores reglas de valoración, que permitan a los ejecutores del derecho, valorar las declaraciones incriminatorias no creíbles en las víctimas de abuso sexual, para que los ejecutores del derecho hagan una verdadera valoración de la prueba. Si bien es cierto en la fecha tenemos los acuerdos plenarios 2-2005/CJ-116 y el acuerdo plenario 1-2011/CJ-116. Consideramos que estas no son suficientes para satisfacer una verdadera valoración de las declaraciones de las víctimas de abuso sexual. Los magistrados de la Corte Suprema, han emitido sentencias revocando las decisiones de las salas penales de nuestro país, no teniendo en cuanta las reglas de valoración que ha desarrollado la doctrina jurisprudencial. Llamando en muchos casos la atención, como los Vocales de la Corte Suprema estudian en forma acuciosa la credibilidad de las declaraciones de los menores, que en muchos casos mienten. Pero lo que más llamo atención del investigador, fue los fundamentos del Recurso de Nulidad N° 3141-2013 – Lima Norte, expedida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la Corte Suprema de Justicia de la república. Se, indico en sus fundamentos lo siguiente: Que, aun cuando la agraviada brindo una sindicación reiterativa en contra del procesado, esta no puede ser suficiente para considerarla como persistente, en atención al plenario tantas veces mencionando. Así tenemos que el juicio oral que ha originado el presente recurso de nulidad, no compareció con el argumento de que quería evitar la revictimización apreciación contraía a su fundamento de denuncia, en que se señaló que sus denuncia fue tardía y después de diez años de ocurrida la primera agresión sexual, con el único propósito de encontrar justicia y que el procesado sea sancionado por el delito cometido en su agravio. Esta denuncia tardía no encuentra justificación con las supuestas amenazas, sin precisar en qué consistían y, sobre todo, que sean razonables para que no lo haya hecho durante diez años. Lo que motivo que los Vocales Supremos, revoquen la sentencia de instancia. Que, asimismo debemos indicar que en Lima Sur, los magistrados de las Salas Penales, es ahí el empeño del investigador, al haber analizado diferentes sentencias de la Corte Suprema, como las de las Salas Penales de Lima Sur. Asimismo se han revisado libros nacionales y extranjeros que nos ilustren respecto a las versiones incriminatorias no creíbles y su valoración judicial, para tal efecto con el método inductivo se ha logrado establecer conclusiones o teorías sobre diversos aspectos fuimos analizando casos particulares, como diferentes sentencias que se ha recabado en el trabajo de campo

    La valoración de la prueba en relación a la responsabilidad penal en el delito de violación sexual de menores de catorce años, Huancayo 2016 -2017

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    El objetivo de esta investigación fue determinar el nivel de eficacia de la valoración de la prueba respecto de la responsabilidad penal en el delito de violación sexual contra menores de catorce años. Se utilizaron los siguientes métodos: dogmático, hermenéutico, argumentación jurídica, exegético y el método dialéctico, el enfoque fue cualitativo, de tipo básico, nivel descriptivo, y diseño descriptivo -correlacional. La muestra estuvo conformada por 10abogados y dos sentencias de la Corte Suprema de Justicia de Junín, y para la recopilación de la información se utilizó un cuestionario con 10 preguntas. Los resultados indican que, para una efectiva valoración de la prueba, departe de los magistrados en los procesos de violación sexual, en agravio de los menores de edad, se utilizan los criterios objetivos y el factor determinante para dictar las sentencias es la pericia médica y psicológica.Tesi
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